LA ESCLAVITUD EN AMÉRICA
La esclavitud negra se introdujo en primer término en las islas del Caribe con el propósito de reemplazar a la población indígena que se había extinguido rápidamente en las Antillas durante la primera etapa de la conquista.
Ya hemos mencionado las causas de este despoblamiento, que fue muy drástico y para muchos españoles sólo significó la escasez de mano de obra en sus posesiones.
Durante el curso del siglo XVII, el ingreso de esclavos se quintuplicó, principalmente en respuesta al crecimiento del cultivo de la caña de azúcar.
El auge azucarero en Barbados, Jamaica y Haití estimuló el crecimiento y las utilidades del tráfico negrero.
El comercio de esclavos vinculó a tres continentes: África, Europa y América. Inglaterra pudo entrelazar estos intereses económicos.
La producción de caña de azúcar con mano de obra esclava en sus colonias americanas (Jamaica, Barbados, Trinidad y Tobago) y la elaboración de ron permitían el intercambio de ron por africanos en las poblaciones costeras del “continente negro”.
Los esclavos se vendían en las plantaciones de algodón del sur norteamericano, el algodón se usaba para la manufactura de telas en Inglaterra y las telas se vendían en el resto del mundo.
El comercio de esclavos
La trata negrera (comercio de esclavos) fue muy importante para las potencias colonialistas europeas, que los traían de África para proveer de mano de obra a las colonias americanas.
Este tráfico constituyó un aspecto del comercio forzosamente dominado por los extranjeros.
La Corona española autorizó este negocio en las colonias, para el cual otorgaba licencias que estipulaban la cantidad y los puertos a los cuales se podía arribar, y cobraba un impuesto por esclavo vendido.
Los contratos o concesiones con países extranjeros que autorizaban la trata esclavista se denominaban Asiento de Negros.
Los primeros en iniciar el tráfico fueron los portugueses, que capturaban o compraban esclavos a lo largo de la costa occidental de África; eran los principales abastecedores en América, fundamentalmente en Brasil, colonia lusitana.
España otorgó las licencias para el abastecimiento de esclavos africanos a los portugueses hasta 1640 (entre 1580 y 1640 las coronas de Portugal y España estaban unidas)
Luego la monarquía española autorizó a los negreros franceses y, finalmente, a partir de 1713, a una compañía inglesa –la Compañía del Mar del Sur–, aunque los ingleses, desde el siglo anterior, ingresaban masivamente esclavos de contrabando.
También los holandeses se dedicaron a este infame comercio.
Sin duda, los esclavos constituyeron la mercadería más importante que se vendía en las colonias americanas: casi tres millones de ellos fueron trasladados a las posesiones españolas, y cantidades similares hacia Brasil y Estados Unidos, lo que da una cifra de diez millones de africanos esclavizados, sin contar los que morían en la ruta.
Por falta de documentación, es difícil determinar las cifras exactas, pero la venta de hombres fue masiva, ya sea por el comercio legal o de contrabando.
Los esclavos que partieron de África en los barcos negreros, las duras condiciones de la travesía del Atlántico y la venta en los mercados del Caribe, constituyen la historia de la gran operación comercial que introdujo al África negra en el mercado mundial.
Su impacto sobre las sociedades africanas fue devastador; la cacería de esclavos promovió los conflictos internos, las guerras y la participación de algunos pueblos en el tráfico esclavista a cambio de productos y armas europeas.
A largo plazo provocó un acentuado despoblamiento y el estancamiento económico del continente, que sería completamente colonizado a fines del siglo XIX.
La “raza negra”, considerada inferior por el hombre blanco europeo, sufrió no sólo la explotación económica sino también un proceso de deshumanización (privación de la libertad, castigos corporales, despojo de su lenguaje, pérdida de identidad cultural, cambio de nombres).
En los barcos negreros, los esclavos eran trasladados hacinados para aprovechar al máximo el espacio disponible y aumentar el cargamento; estaban encadenados entre sí por las muñecas y los tobillos, amarrados de manera tal que no podían darse vuelta, ni moverse o intentar levantarse.
En condiciones de vida espantosas, comprimidos en bodegas oscuras y sin ventilación, con calor excesivo y mal alimentados, muchos morían durante el viaje y eran arrojados al mar sin ninguna ceremonia.
Por eso los portugueses llamaban a los barcos negreros tumbeiros (ataúdes flotantes).
Los esclavos introducidos en América se denominaban piezas de Indias. Eran vendidos en lotes y en las escrituras se declaraba el origen, la condición física (altura, edad, robustez) y sus aptitudes para el trabajo.
Si conocían algún oficio manual, su valor aumentaba. Además, los esclavos eran marcados con un hierro caliente (llamado carimba) en la espalda, el pecho o los muslos:
estas marcas aseguraban al comprador que habían ingresado legalmente a América y no de contrabando, e indicaba que por él se habían pagado los impuestos correspondientes.
Los códigos negros
La vida de los esclavos en las colonias estaba legalmente reglamentada, fundamentalmente en la región del Caribe (Haití o Saint-Domingue, Jamaica, Barbados) donde la población africana superaba en número a los colonizadores blancos.
En el siglo XVII, el estado francés publicó una serie de reglamentos que rigieron en sus colonias americanas (Guadalupe, Martinica, Saint-Domingue y Luisiana).
Este código negro de 1685 enuncia todas las prohibiciones a los esclavos, estipula las sanciones que se les aplicarán por desobedecerlas, establece su cristianización compulsiva e incluso define las condiciones de su liberación.
Puede considerárselo como el texto jurídico más monstruoso que se haya producido los tiempos modernos.
En primer lugar, declara al esclavo como un bien del cual su propietario puede disponer libremente.
La “cosificación” del esclavo es evidente en tanto se los declara “seres muebles”, que forman parte del inventario de las plantaciones e ingenios donde trabajaban.
Se los considera “incapaces de decidir y suscribir contratos por sí mismos” y de brindar testimonio en un juicio, puesto que sus dichos no podían constituir un medio de prueba. También se los inhibe de tener posesiones (todo cuanto “posean” pertenece a sus amos).
Además, se les prohíbe beber alcohol, portar armas, reunirse y, obviamente, huir de las plantaciones, y prevé castigos muy duros (azotes y hasta la pena de muerte) para los esclavos fugitivos y capturados.
Los artículos referidos a la emancipación de esclavos estipulaban cómo debían ser las relaciones raciales cuando el esclavo perdía esa condición: las libertades de los libertos eran limitadas y su comportamiento frente a los blancos debía ser de sumisión.
Los códigos negros de la Corona española (del rey Carlos III) eran apenas más blandos: estipulaban las obligaciones de los propietarios de esclavos, que debían brindarles instrucción religiosa, alimentarlos y vestirlos adecuadamente, y prohibían las mutilaciones físicas como castigo.
En las colonias británicas (Jamaica y Barbados), la legislación autorizaba la amputación de un pie al esclavo fugitivo por más de treinta días.
Se les prohibían las ceremonias religiosas y tocar el tambor, y estipulaba la pena de muerte por atacar a blancos, por violación o por rebelión