Las autoridades coloniales
Las autoridades coloniales requirió una gran cantidad de instituciones y funcionarios. Estaba organizado de manera vertical y con un mando único, es decir, el poder era mayor a medida que se ascendía en la jerarquía de las instituciones y en la cima de esta estructura estaba el rey.
Algunas autoridades e instituciones gobernaron los asuntos coloniales desde España, mientras que otras, de carácter regional o local, estaban asentadas en América.
En general, los cargos más importantes fueron ocupados por funcionarios provenientes de España –llamados peninsulares–, mientras que el gobierno municipal y, en algunos casos, el de las gobernaciones quedó en manos de criollos y españoles residentes, es decir, que ya vivían en América antes de su nombramiento.
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Autoridades en España
El Consejo de Indias
El Consejo de Indias, además, inspeccionaba lo actuado por las autoridades coloniales en América mediante el Juicio de Residencia.

La Casa de Contratación
Otra institución fue la Casa de Contratación, que se ocupaba de los asuntos comerciales, de navegación y de población.
En materia comercial, otorgaba permisos, recaudaba impuestos y resolvía los litigios judiciales. Respecto de las cuestiones de navegación, establecía cuándo debían partir las flotas comerciales de España y de América.
También cobraba la avería, una especie de impuesto o seguro marítimo que los navíos mercantes debían pagar a cambio de protección armada brindada por galeones de guerra.
Por último, respecto de la población colonial, decidía, por ejemplo, cuántos españoles podían emigrar anualmente hacia América.
La Casa de Contratación también residió en Sevilla y fue la encargada de recibir y custodiar el oro y la plata provenientes de América.
En 1543, algunas funciones de la Casa de Contratación, como el cobro de la avería o la resolución de litigios comerciales, fueron absorbidas por una nueva institución: el Consulado de Mercaderes.
Autoridades en América
Ya vimos que en América, durante el primer momento de la conquista, el poder más importante lo poseía el Adelantado, que sacaba su provecho del botín que había capturado en sus saqueos (a los que denominaba “rescates”).
Tenía un poder excesivo (similar al de un señor feudal que imponía su ley) para los reyes absolutistas, por lo que, apenas pudieron, lo reemplazaron por el Virrey, que gobernaba en nombre del monarca español, lo representaba y debía acatar las Leyes de Indias.
El virrey
El virrey era la autoridad máxima en América. Por abrumadora mayoría, eran españoles: de los 170 virreyes que gobernaron las colonias hasta 1813, sólo cuatro habían nacido en el continente americano.
Durante el siglo XVI, España organizó administrativamente a los territorios conquistados en dos Virreinatos:
- El Virreinato de Nueva España, con capital en México (1535). Incluía toda la región de América del Norte colonizada por los españoles y América Central, a excepción de Panamá.
- El Virreinato del Perú, con capital en Lima. Incluía a Panamá, Colombia, Ecuador, Bolivia, Paraguay, norte de Chile, Argentina y Uruguay (1542).
También se designaron Gobernadores en cabeceras de provincias (por ejemplo, en Venezuela, Chile, Buenos Aires o Asunción) y Capitanes Generales (en Guatemala, 1544 y Cuba, 1795).

Más tarde, en el siglo XVIII, se dividió el Virreinato del Perú y se crearon dos nuevos virreinatos: el de Nueva Granada (Colombia, 1718) y el Virreinato del Río de La Plata (1776), y se crearon las Capitanías Generales de Chile (1778) y Venezuela (1773).
Los tribunales de justicia
Los tribunales de justicia coloniales eran las Audiencias, integradas por los jueces u oidores españoles.
La Audiencia, además, ejercía funciones de gobierno en ausencia del virrey, y, como veremos en el tema Encomiendas…, se ocupaba de los temas relacionados con los indígenas sometidos.
Los Cabildos
Los Cabildos, inspirados en el gobierno municipal castellano, eran los órganos de poder local.
Eran colegiados, y sus integrantes estuvieron, desde un comienzo, controlados por los encomenderos y vecinos, es decir, por las minorías blancas conquistadoras, y luego generalmente por las oligarquías.
Debían dedicarse al gobierno y al mantenimiento de las ciudades de Hispanoamérica, para lo cual cobraban impuestos; controlaban los precios y las medidas o peso de las mercaderías, así como su distribución.
Asimismo, autorizaban el reparto de tierras entre los vecinos y el uso de las propiedades que se consideraban comunales.

Los Corregidores
También a nivel regional actuaban los Corregidores (alcaldes mayores), funcionarios coloniales designados por el rey a proposición del Consejo de Indias.
Cumplían funciones fiscales y administrativas en los corregimientos o repartimientos: eran los encargados de recaudar el tributo y reclutar los contingentes indígenas para realizar trabajos.
El cargo de corregidor entró en competencia con el de Intendente (autoridad instaurada por los reyes Borbones españoles en el siglo XVIII).
Ambas autoridades se repartieron las funciones y finalmente, debido a los abusos de los corregidores, éstos fueron reemplazados por los intendentes.
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GT-2020-CSC-G7°-CUALES-FUERON-LAS-AUTORIDADES-COLONIALES